Las únicas modalidades que no son habilitables para que ella pueda brindar una asesoría son:
tele orientación en salud y tele apoyo y debe cumplir con las siguientes características:
Se le debe informar al usuario el alcance e implicaciones de dichas actividades y que la información generada podrá ser parte de su HC
Debe estar autorizado por el usuario desde el comienzo
Garantizar identificación del personal de salud y del usuario al inicio de la comunicación
garantizar el tratamiento confidencial de la información por parte del personal de salud
garantizar la protección de datos personales que trata la ley 1581 del 2012
Sin mas que aportar a este mensaje termino con la definición y objetivos de la tele orientación en salud que consiste en brindar orientación, información, asesoría o consejería a través de plataformas telefónicas sin la posibilidad de realizar una valoración física o presencial del usuario.
Objetivos de la tele orientación:
Proporcionar orientación e información a los usuarios.
Identificar riesgos en los usuarios.
Brindar asesoría en los componentes de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, y para el acceso a servicios (más específicamente en relación con diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación).
Canalizar y orientar a los usuarios para el acceso a diferentes programas y servicios del sector salud y de otros sectores
Aportar en la reducción de barreras de acceso, generando facilidades de comunicación, información detallada y acondicionada a las necesidades de los usuarios.
Facilitar la articulación interinstitucional al momento de recibir una solicitud de tele orientación y después de la misma, buscando mantener comunicación eficaz con las instituciones vinculadas con la gestión de las necesidades identificadas en los usuarios.
Fortalecer los aspectos de autocuidado y gestión del riesgo.
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